La Tercera: Los temas críticos de la Reforma Laboral

La Tercera. El lunes 29 de diciembre de 2014, la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, presentó el proyecto de  modernización del sistema de relaciones laborales. “Estamos saldando una deuda con los trabajadores chilenos”, señaló la Mandataria acompañada por los ex ministros de Hacienda, Alberto Arenas; Interior, Rodrigo Peñailillo,  y Trabajo, Javiera Blanco. Siete meses después, y tras un cambio de gabinete que implicó la salida de los secretarios de Estado y la instalación del concepto “realismo sin renuncia” para enfrentar el “segundo tiempo” del gobierno, la denominada reforma laboral enfrenta el proceso de discusión en el Senado con más dudas que certezas. Luego que el proyecto fuera aprobado en la Cámara de Diputados con una serie de cambios respecto al  ingresado por el Ejecutivo, entre los que se encuentra la eliminación del concepto de huelga pacífica o la mantención del llamado “sindicato del día después”, la discusión está  radicada en al menos cuatro puntos críticos:

Titularidad sindical

El proyecto le entrega la titularidad de la negociación colectiva a los sindicatos. En el caso de los grupos negociadores, se dispone que sólo operen en aquellas empresas en que no exista un sindicato con derecho a negociar, pero conforme a las reglas de la negociación semi reglada.

En este punto, los opositores al proyecto plantean que ello afecta la garantía constitucional de los trabajadores a negociar colectivamente. Sin embargo, desde el gobierno aseguran que este será uno de los temas que no experimentará cambios por considerarse  parte del “corazón” de la reforma.

Reemplazo en huelga

Se trata probablemente de una de las materias que marcará el debate en la próximas semanas. El documento señala que se “prohíbe el reemplazo de los puestos de trabajo de los trabajadores en huelga” y que la infracción de esta prohibición “constituye una práctica desleal grave”.

Desde varios sectores, incluidos expertos ligados a la Nueva Mayoría, piden que al menos se permita el reemplazo con trabajadores internos, tal cual ocurre en todos los países de la OCDE, con la excepción de México. reforma la tercera

En cambio, el presidente de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, fue enfático en señalar que las empresas no pueden reemplazar a trabajadores en huelga, haciendo referencia a recientes fallos del máximo tribunal. “El legislador tendrá nuevamente la oportunidad de decidir si borrará o no las importantes asimetrías que existen en nuestro país en materia de derecho colectivo”, enfatizó en un seminario realizado la semana pasada.

En este punto, el subsecretario del Trabajo, Francisco Díaz, habría reconocido ante representantes del centro de estudios Chile 21 que la reforma, al considerar la prohibición del reemplazo del puesto de trabajo y no de la función, abriría espacios a interpretaciones que tendrán que ser vistas caso a caso y donde la jurisprudencia “va a ir ayudando mucho”.

En este escenario, el ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés -siguiendo el mandato de la Presidenta Bachelet de buscar  acuerdos a través de un debate con todos los actores- ha señalado que se debe cautelar por una “proporcionalidad”de los efectos de la huelga en la empresa. “En algunos países lo hacen con reemplazo interno y hay otros que no. Eso es parte del diálogo”, expresó el jueves Valdés.

Servicios mínimos

El proyecto que salió de la Cámara Baja señala que “sin afectar el derecho a huelga en su esencia”,  el sindicato estará obligado a proveer el personal destinado a atender los servicios mínimos “estrictamente necesarios” para proteger los bienes e instalaciones de la empresa y prevenir accidentes. Ello junto con “garantizar la prestación de servicios de utilidad pública, la atención de necesidades básicas de la población, incluidas las relacionadas con la vida, la seguridad o la salud de las personas, y para garantizar la prevención de daños ambientales o sanitarios”.

En esta materia, existe consenso en que la definición de los sectores que estarán afectos a los servicios mínimos no es aún suficientemente clara y han propuesto alternativas para acotarlo, de manera de evitar una judicialización. Desde la oposición reconocen, además, que ello deja abierta la posibilidad para contratar personal de reemplazo, ante un eventual incumplimiento de los servicios mínimos por parte del sindicato negociador.

Por esta razón, en el debate en la Comisión de Trabajo se ha  planteado que la definición de los servicios mínimos debería quedar zanjada previo al inicio de la negociación colectiva y que su definición sea realizada por un grupo técnico independiente bajo la tutela de la Dirección del Trabajo o, por ejemplo, de la superintendencia correspondiente al sector productivo de la empresa.

Pactos de adaptabilidad

El actual proyecto considera que en el marco de la negociación colectiva aquellas empresas que tengan una afiliación sindical igual o superior al 30% del total de sus trabajadores podrán acordar con el empleador temas como distribución de jornada y descansos, horas extraordinarias y jornada pasiva. Sin embargo, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) ha planteado que estos pactos no deben formar parte de la discusión actual. Además, senadores de la Nueva Mayoría, entre los que se encuentra el presidente de la Comisión de Trabajo, Juan Pablo Letelier, han sido enfáticos en señalar que esto es un “guiño” al sector empresarial,  y piden que, al menos, no sean discutidos en el marco de la negociación colectiva. No obstante, la actual ministra del Trabajo, Ximena Rincón, ha confirmado la idea de mantenerlos en dicho proceso, pero que se aplique una gradualidad para que al comienzo sean negociados sólo por los sindicatos más fuertes.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s